El Tribunal Constitucional por igual decidió diferir el efecto de inconstitucionalidad de la medida por dos años, a partir de la notificación de la sentencia emitida este martes 28 de julio; este quiere decir que el decreto permanecerá en vigencia hasta tanto no pasen ese plazo estipulado.
El Tribunal Constitucional (TC), mediante la sentencia TC/0689/26, declaró inconstitucional lo establecido en el Decreto núm. 308-06, el cual regula los horarios para el expendio de bebidas alcohólicas en colmados, discotecas, bares, casinos y centros de diversión.












