La ley está fechada con el código 1-26, que la ubica como la primera ley del año, y fue promulgada solo un día después de ser aprobada en el Senado, hace un mes, el pasado 9 de enero, aunque todavía no está publicada en el portal de la Consultoría Jurídica de la Presidencia. No obstante, dos semanas después de su promulgación, el Poder Ejecutivo comunicó al Congreso, mediante una misiva, que el proyecto ya es una ley y que su entrada en vigencia «es inmediata».
Cambio clave
La nueva Ley 1-26, que crea la DNI, es la sustituta de una normativa anterior que se aprobó a inicios del 2024, pero que, ese mismo año, fue anulada por el Tribunal Constitucional por esta ser «no conforme con la Constitución». Además, el Tribunal Constitucional alegó que fue aprobada bajo procedimientos incorrectos.
Sin embargo, tras la caída de la normativa y los acuerdos con la Sociedad Dominicana de Diarios (SDD), la nueva ley promulgada ahora establece que la entrega de datos e informaciones a la DNI debe estar sustentada por una orden judicial.
Funciones de la DNI
Según la nueva ley, la DNI tendrá funciones como investigar acciones de grupos que atenten contra los intereses nacionales, detener posibilidad de establecer gobiernos contrarios al ordenamiento constitucional, procesar información relevante para la seguridad nacional y evaluar amenazas internas y externas. Además, contrarrestar actos que representen riesgos para la seguridad nacional, desarticular organizaciones criminales y contribuir a la represión de delitos tecnológicos.
Fuente Diario Libre












